RT null T1 El Principio 10 de la Declaración de Río: Acceso a información, participación pública y justicia ambiental A1 United Nations Environment Programme, YR 2012 FD 2012-11-19 LK https://wedocs.unep.org/handle/20.500.11822/13544 UL https://wedocs.unep.org/handle/20.500.11822/13544 NO PRINCIPIO 10“ El mejor modo de tratar las cuestiones ambientales es con la participación de todos los ciudadanos interesados, en el nivel que corresponda.En el plano nacional, toda persona deberá tener acceso adecuado a la información sobre el medio ambiente de que dispongan las autoridades públicas, incluida la información sobre los materiales y las actividades que encierran peligro en sus comunidades, así como la oportunidad de participar en los procesos de adopción de decisiones.Los Estados deberán facilitar y fomentar la sensibilización y la participación de la población poniendo la información a disposición de todos.Deberá proporcionarse acceso efectivo a los procedimientos judiciales y administrativos, entre éstos el resarcimiento de daños y los recursos pertinentes.” Declaración de Rio de Janeiro sobre Medio Ambiente y Desarrollo, 1992. NO https://www.unep.org/civil-society/Portals/24105/documents/RCMs/2012/ROLAC/PRINCIPIO%2010%20DERECHOS%20DE%20ACCESO%20(2)-%20ANDREA%20BRUSCO.pdf DS UN Environment Document Repository RD Sep 16, 2026